DESARROLLO. En nuestra circular 9/2012 les comunicamos la entrada en vigor a partir de 31 de marzo de 2012 de la “Declaración Tributaria Especial”, conocida como Amnistía Fiscal, regulada en la Disposición Adicional primera del Real Decreto-ley 12/2012, de 30 de marzo – RCL2012434, modificada a su vez por el Real Decreto-ley 19/2012, de 25 de mayo RCL2012726. Asimismo en dicha circular también les comunicamos otra norma relevante, referida al “Gravamen especial sobre dividendos y rentas de fuente extranjera derivadas de la transmisión de valores representativos de los fondos propios de entidades no residentes en territorio español”. No obstante en la presente circular nos centraremos en la “Declaración Tributaria Especial”. Esta “Declaración Tributaria Especial”, ha sido objeto de desarrollo por la Orden HAP/1182/2012, de 31 de mayo, y se ha publicado el modelo 750 de Declaración Tributaria Especial. Las anteriores normas han sido clarificadas mediante Informe emitido por la Dirección General de Tributos y fechado el 27 de junio de 2012, al explicar los criterios administrativos que deberán seguirse por los diferentes órganos de la Administración Tributaria en la aplicación de la normativa reguladora de esa Declaración Tributaria Especial. Asimismo se resumen las notas más destacadas del proyecto de Ley en materia de prevención y lucha contra el fraude. Pueden consultar mas detalles en nuestra circular 15/2012.