Es importante revisar los Estatutos actuales de la compañía, a los efectos de adaptarlos a las necesidades de la misma en materia de retribución de administradores y, asimismo, proceder a la aprobación en la primera junta general que se celebre A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2015 del importe máximo de la remuneración anual del conjunto de los administradores en su condición de tales, de acuerdo con lo antes expuesto. Pueden consultar nuestra circular 29/2014.
Retribución administradores y su aprobación en la primera junta del año 2015.
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