En el Boletín Oficial del Estado (BOE), de fecha día 29/12/2011 se ha publicado la ORDEN EHA/3552/2011, de 19 de diciembre, por la que se regulan los términos en los que los obligados tributarios pueden ejercitar la posibilidad de señalar días en los que la Agencia Estatal de Administración Tributaria no podrá poner notificaciones a su disposición en la dirección electrónica habilitada. Según la exposición de motivos de la propia Orden, los obligados tributarios que estén incluidos, con carácter obligatorio o voluntario, en el sistema de dirección electrónica habilitada (DEH) en relación con la Agencia Estatal de Administración Tributaria podrán señalar hasta un máximo de 30 días en cada año natural, durante los cuales dicha Agencia no podrá poner notificaciones a su disposición en la dirección electrónica habilitada. Solicitud y posibilidad de modificación: Los días en los que no se pondrán a disposición del obligado tributario notificaciones en la dirección electrónica habilitada se deberán solicitar con una antelación mínima de siete días naturales al primer día en que vaya a surtir efecto y, una vez señalados, podrán ser objeto de modificación mediante solicitud expresa que dejará sin efecto el período inicialmente elegido, con los mismos límites respecto al número máximo de días anuales por obligado tributario y antelación mínima anteriormente indicados. Procedimiento: El señalamiento de los días en los que no se pondrán a disposición de los obligados tributarios notificaciones en la dirección electrónica habilitada deberá realizarse obligatoriamente en la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en la dirección electrónica www.agenciatributaria.gob.es. Una vez que los días hayan sido señalados correctamente, se generará el correspondiente recibo de presentación validado por un código seguro de verificación de 16 caracteres, además de la fecha y hora de la solicitud. Cualquier otra solicitud presentada por cualquier otro medio carecerá de efecto alguno, procediéndose a su archivo sin más trámite. Entrada en vigor. El señalamiento de los días en los que la Agencia Estatal de Administración Tributaria no pondrá a disposición de los obligados tributarios notificaciones en la dirección electrónica habilitada no tendrá efectos hasta el 1 de enero de 2012. Departamento Fiscal Terrassa, a 29 de diciembre de 2011